XI.- CONCLUSIONES

CONCLUSIONES

 

La reiterada violación a las garantías individuales y a los derechos humanos se da por la autoridad cuando ésta abusa del poder que tiene, cuando niega derechos que los ciudadanos poseemos, cuando no los respeta y no los hace respetar, y en este sentido, cabe señalar que cuando el funcionario encargado de hacer respetar la ley y de aplicarla, se convierte en el que la quebranta, el resultado es un atentado contra la dignidad humana y contra la propia ley.

Los derechos humanos están escritos en la Constitución y en los Tratados Internacionales. La garantía constitucional corresponde a un instrumento legal que protege los derechos humanos de los gobernados, en el marco de un estado de derecho y regula la conducta del estado mismo. Dentro de las funciones de los funcionarios encargados de la administración de justicia, se encuentra la vigilancia al respeto de estos derechos, la observancia y cumplimiento de las garantías constitucionales, garantes de los derechos humanos y de las garantías de igualdad y seguridad jurídicas, entendiéndose estas últimas como el conjunto de circunstancias legales, a las cuales, tienen que sujetarse los actos de cualquier autoridad para la imposición de sanciones hacia cualquier miembro de la sociedad, en circunstancias de certeza, transparencia y predecibilidad.

Del análisis del caso, sustentado con las constancias procesales presentadas en el presente ocurso, se observa que no hay una verdadera independencia del Poder Judicial, ni de los organismos que deben defender las garantías individuales y los derechos humanos, ya que siguen lineamientos marcados por las autoridades gubernamentales del Poder Ejecutivo, con el consecuente deterioro y falla en la administración de la justicia.

Es grave que en México, el Poder Judicial y los organismos gubernamentales de los derechos humanos, sean una prolongación del Ejecutivo, lo que sumado a su incompetencia, ineficacia, indiferencia y desdén a los valores y principios del estado de derecho, permitan la ilegalidad, la impunidad, poniendo el imperio de la Ley por los suelos.

Esta es una denuncia pública a una serie de violaciones a las garantías individuales y a los derechos humanos no solo de mi persona, sino también de las víctimas de los hechos delictivos aquí narrados, a las mujeres mexicanas y a la sociedad en su conjunto; una crítica que evidencia las deficiencias del sistema de impartición de justicia mexicano; así como corrupción e inoperancia de los órganos investigador, judicial y de derechos humanos; lo que motiva que en México exista una desconfianza generalizada en las Instituciones de procuración e impartición de justicia, así como en los organismos oficiales de “defensa” de los derechos humanos.

 

A lo largo del presente documento he señalado una serie de actos y omisiones por parte de las organismos de procuración e impartición de justicia, que vulneran las Garantías Igualdad y Seguridad Jurídicas, y que son consecutivos de violaciones a los Derechos Humanos; que vulneran el conjunto de circunstancias legales a las cuales tienen que sujetarse los actos de cualquier autoridad para la imposición de sanciones hacia cualquier miembro de la sociedad, en circunstancias de certeza, transparencia, legalidad y legitimidad; violaciones que continúan hasta la fecha, no solo para quien esto escribe, sino también para la sociedad y las victimas de los hechos analizados; señalando también a todas aquellas autoridades y funcionarios, de las cuales se desprenda responsabilidad de este análisis.

 

Nuestra sociedad requiere de la existencia de un verdadero derecho a la información que enriquezca el conocimiento que los ciudadanos requieren de los temas que afectan a ésta, siendo esto básico para el mejoramiento de una conciencia ciudadana,  contribuyendo a que ésta esté más enterada, sea más vigorosa y más analítica para el progreso de la primera. Además, ésta requiere, que la información que recibe, tenga ciertas cualidades que la haga confiable, ya que a partir de ella habrá de tomar el integrante de la colectividad, una serie de decisiones, por lo que la ciudadanía requiere el derecho a ser informada con veracidad, objetividad y oportunidad, pero también tiene el derecho de lograr el acceso de los medios que están informando. El presente ejercicio basado totalmente en el expediente jurídico, testimonia la evidente necesidad de garantizar el derecho a la verdad y manifiesta que existen preguntas en este caso, para las que se exige respuesta.

La exigencia de la sociedad es que efectiva y verazmente se sancione a los verdaderos culpables de los delitos y se proteja a las víctimas, con un respeto pleno a las garantías individuales y derechos humanos que consagran nuestra Ley Fundamental, garantizando y protegiendo los derechos de todos los ciudadanos, en aras de una sociedad democrática y justa. 

Su reclamo es que no se permita más que las autoridades otorguen licencia de corso a sujetos como Ballardo, para que continúen delinquiendo impunemente en detrimento de la sociedad y principalmente de las mujeres, sus víctimas preferidas, en aras de motivos mezquinos como la lucha del poder político y gansteril.

Demando por este medio, una verdadera procuración e impartición de justicia hacia las victimas y a un servidor; que concluya la manifiesta impunidad que ha permitido que se acuse y castigue a personas inocentes; que se revise el proceso penal plagado de anomalías jurídicas por parte de los órganos jurisdiccionales competentes a fin de reivindicar mi inocencia en los hechos imputados, además del buen nombre de la Institución a la que pertenecía, manchado indebidamente por la acusación falsa de los injustos mencionados, hechos que se siguen falseando hasta el día de la fecha, como se ha podido observar; que se dé cabal e irrestricto cumplimiento de la ley.

Ahora, se puede contestar al cuestionamiento inicial de este análisis, que no existe un Estado de derecho; que en materia penal no impera realmente seguridad jurídica, pues no prevalece una protección judicial de los derechos y libertades fundamentales, cuando se pretende proteger de los abusos de los actos de autoridad, a los individuos acusados de un injusto; que la Ley es letra muerta cuando se pretende armonizar la pretensión punitiva del Estado, la libertad individual, la garantía de defensa y las exigencias de la correcta y valida administración de justicia dentro del Estado de derecho; cuando se dictan sentencias sin fundar ni motivar que parecen más una venganza que un anhelo de justicia.

 

Es por todo lo anteriormente expresado y fundado, bajo protesta de decir verdad, que me permití exponer  a la opinión pública el presente caso, a fin de que se conozcan las violaciones a los derechos humanos cometidas por las autoridades gubernamentales mexicanas en éste, en contra de las víctimas, mujeres mexicanas a las cuales no se les impartió verdaderamente justicia; en contra de la sociedad mexicana a la cual se engaño en aras de intereses mezquinos, (en el numero 1023,  del 10 de junio de 1996, de la revista “Proceso”, en la pagina 51 se menciona que “…los serbios habían utilizado la violación como arma de guerra por toda Bosnia…”, en México se utilizó el delito de violación como arma política en este caso, ya que fue considerado éste como “político” y “de seguridad nacional”, tal y lo manifiesta la CDHDF en la revista “Dfensor”, analizada anteriormente en las páginas 34 y 38) y en contra de mi persona; evidenciando que mi solicitud hacia las autoridades investigadoras y jurisdiccionales ha sido que se me juzgue conforme a derecho (haciendo la reiteración de ser inocente de los delitos imputados), conforme marca la ley; que se me juzgue por autoridades competentes y facultadas para hacerlo y que no se me restrinja el derecho de defenderme, usando las autoridades recursos y actos antijurídicos y legaloides en contra de este derecho y de ser posible, se establezca una comisión judicial para revisar este caso, el cual ha sido resuelto por las autoridades mexicanas mencionadas, con evidente ilegalidad, y en el cual se han violentado los principios jurídicos de igualdad, legalidad y certeza jurídica decretados en la Constitución y en los principios esenciales de los Derechos Humanos.